Cambio Radical busca dar solución de vivienda a más de 2 millones familias ubicadas ilegalmente en predios públicos y privados
Bogotá, 10 de octubre de 2018.- La Bancada del Partido Cambio Radical radicó ante secretaría de Cámara de Representantes un proyecto de ley que busca legalizar la vivienda a personas de bajos recursos que se han asentado ilegalmente en terrenos públicos o privados.
“Hay una población vulnerable que se ha apoderado de estos terrenos los cuales han estado por años abandonados por sus verdaderos propietarios. Estas personas con sus propios recursos han construido sus viviendas y muchas de ellas han instalado negocios pequeños formando una comunidad. Llegó la hora de dar solución a este problema y hacer la correspondiente titulación a favor de las familias que habitan estos lugares”, indicó el Representante a la Cámara Cesar Lorduy.
El Representante Lorduy detalló que aproximadamente 2´500 mil familias de bajos recursos, y que han ocupado predios públicos y privados por más de 10 años, se verán beneficiados con este proyecto si llega a ser ley; y así mismo, destacó que una vez titularizados los predios, las autoridades regionales estarán habilitadas para suministrar los servicios públicos básicos como el agua, energía eléctrica, gas natural, construcción de instituciones educativas y de salud; muchos de los cuales ya están instalados.
La iniciativa de Cambio Radical, también legalizará la titularización de predios públicos o privados, para aquellas instituciones religiosas, instituciones educativas, culturales, comunales o de salud que estén ilegalmente asentadas.
Por último, el Congresista explicó que de aprobarse este proyecto se traslada las competencias que hoy tienen el Ministerio de Agricultura y el Banco Agrario en materia política de vivienda de interés social y prioritario rural, al Ministerio de Vivienda.
ABC DEL PROYECTO DE LEY
• Establece la titulación de predios públicos y privados que hayan sido ocupados ilegalmente hace más de 10 años y en donde las familias hubieran construido sus viviendas.
• Determina que los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este proyecto de ley en concordancia con las normas vigentes para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda.
• Establece la titulación de predios públicos o privados para instituciones religiosas sin distinción de la religión que profesen, instituciones educativas, culturales, comunales o de salud que estén ilegalmente asentadas.
• Con la titulación se garantiza la implementación de los programas de servicios públicos esenciales en caso de que no se cuente con ellos, tales como: instalación de la infraestructura de servicios públicos básicos como el agua, energía eléctrica, gas natural, construcción de instituciones educativas, y de salud, comunales y de servicios.
• Señala que los municipios y distritos deben realizar el procedimiento, para que una vez legalizado los predios sean reconocidos como barrios legalmente constituidos.
• Establece que en caso que los terrenos estén en zonas insalubres o de riesgo para la población la entidad correspondiente deberá implementar mecanismos para mitigar el riesgo, o en su defecto deberá desarrollar programas de reubicación y/o reasentamientos de las familias afectadas
• Otorga nuevas funciones al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio:
o Se encargará de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo rural
o Formulará la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y definirá las condiciones para el otorgamiento y ejecución del subsidio.
o Administrará, ejecutará y otorgará los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social Rural y Prioritario Rural