Algo toca hacer
Por: Germán Vargas Lleras
En buena hora la Corte terminó de enterrar el Código Electoral, tramitado de manera inconstitucional, a las carreras y con la complicidad del Gobierno.
Desde noviembre de 2020 advertí sobre la inconveniencia del entonces proyecto de ley que creaba una descomunal estructura burocrática en la Registraduría, vulneraba la carrera administrativa, permitía al registrador seleccionar su propia auditoría y, lo más grave, introducía las modalidades de voto remoto, anticipado, mixto y domiciliario. También critiqué su impacto fiscal en plena pandemia.
Pero ocurrió justo lo que advertí. La ley estatutaria se tramitó sin el debate necesario, en comisiones primeras bien aceitadas por la designación de nuevos registradores y promesas sobre la nómina adicional que se creaba. De nada valieron las advertencias sobre la inconstitucionalidad en el trámite del proyecto, que fue despachado a toda prisa, con mensaje de urgencia del Gobierno y con la intervención del Mininterior, que se empleó a fondo en su aprobación.
Por fortuna la Corte Constitucional, en sentencia C 133 de la semana pasada, puso fin a esta tragicomedia al declarar la inconstitucionalidad de todo el proyecto. Sostuvo la Corte que hubo en el trámite vicios de procedimiento ya advertidos, tan graves que no pueden ser subsanados. Lo dicho, todo tramitado a las carreras y a pupitrazo limpio. Y al Gobierno le cabe gran responsabilidad por la convocatoria a sesiones extras para terminar el trámite, cuando era claro que una ley estatutaria solo puede aprobarse en una legislatura, o sea, en los dos periodos ordinarios de esta.
¿Cuándo los parlamentarios responderán por la aprobación de leyes, a sabiendas de su inconstitucionalidad y con violación de procedimientos sobre los cuales no cabe alegar ignorancia? ¿Cuándo será que quienes componen las mesas directivas, los parlamentarios ponentes y también quienes no lo son y los funcionarios del Gobierno van a responder por las graves consecuencias de estas conductas?
El del Código Electoral no es un caso aislado. Basta recordar los fallos de inconstitucionalidad sobre la reforma tributaria, o el de rendición de cuentas de congresistas, también el del régimen para liquidación de honorarios a concejales o el de las curules para las víctimas. Todos se cayeron por ausencia total de deliberación, falta de análisis de los costos fiscales o por fallas protuberantes de procedimiento.
Mientras nadie responda, todo esto seguirá ocurriendo. Para la muestra, el botón de la modificación de la ley de garantías, que es una norma estatutaria y como tal no podía ser modificada por una ley ordinaria como la del presupuesto. Bajo la presunción de legalidad de esta se han hecho miles de contratos interadministrativos por billones de pesos, que fueron a aceitar las campañas políticas, tal como lo advertí varias veces.
La Corte seguramente tumbará la ley, pero esa platica ya se gastó y mucho influyó en el debate electoral. Igual suerte, estoy seguro, correrá la ley que otorgó funciones jurisdiccionales a la Procuraduría, y es el mismo caso de la última reforma de la justicia, del doctor Wilson Ruiz, que siendo estatutaria fue votada de manera virtual, contrariando lo dicho por la Corte. Además, esta ley tampoco tuvo el necesario aval fiscal.
El fuero parlamentario no puede seguir liberando de responsabilidad a quienes tramitan y aprueban leyes con manifiesta violación de la Constitución y desconociendo fallos y doctrina de la Corte. Pero en el caso del nuevo Código Electoral y de la reforma que habilitó la contratación en pleno proceso electoral, la situación no puede ser más grave, pues podemos estar frente ya no a una falla de procedimiento, sino, francamente, a un prevaricato. Pronto me referiré a este delicado tema para que se conozca la identidad de quienes intermediaron esa contratación, sus montos y beneficiarios.
Por lo pronto, sugiero revivir la tesis del exmagistrado Gil Botero cuando sostuvo que la responsabilidad del Estado por el hecho del legislador puede llevar a la acción de repetición contra los parlamentarios y los funcionarios. Otra opción sería aplicar la pérdida de la investidura por manifiesta violación del ordenamiento jurídico.
Lo que es claro es que algo toca hacer, y de inmediato.